El perro, el mejor amigo del propietario
El ejecutivo, recogiendo la inquietud del sector inmobiliario, ha introducido modificaciones en la legislación sobre arrendamientos. La prensa rápidamente ha coincidido en valorarlo como la introducción del “desahucio express”. Esta adjetivación provoca sentimientos ambivalentes: promete para el propietario y amenaza para el inquilino. Los titulares no deben , y de hecho ya no lo hacen, engañar ni a unos ni a otros.
El inquilino moroso sabe perfectamente, sin necesidad de poseer estudios superiores, que el impago le comportara abandonar la vivienda o el local, pero conoce perfectamente que ello requiere su tiempo. Durante muchos años el periodo de gestación del ser humano ha sido la referencia para medir la duración del procedimiento de desahucio. Si a ello le sumamos los meses de impago hasta que el propietario adopta la decisión de instar el procedimiento judicial, la duración se equipara ya a la gestación de los paquidermos.
Las reformas adoptadas no suponen ningún avance significativo para lo que vienen demandando los propietarios: resolver con celeridad el arrendamiento perjudicado por el impago del inquilino. La solución sólo puede proceder de un tratamiento razonable de los plazos y el tiempo de tramitación del proceso. No sirve de nada suprimir trámites procesales si el plazo para el señalamiento de juicio supera los tres meses, y el lanzamiento precisa de un término parecido o mayor.
El ejecutivo debe dotar a los juzgados, o como habrá que denominarlo a partir de la reforma, a la oficina judicial, de los medios necesarios para que entre la presentación de una demanda de desahucio por falta de pago y el efectivo lanzamiento no transcurran más de dos meses. Para este caso el periodo de gestación óptimo es el de los perros, que por algo son el mejor amigo del hombre, léase propietario.
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