Derecho de sociedades.

Mié, 12/23/2009 - 19:57

El Bufete actúa en la constitución de empresas, su implantación, transformación y establecimiento de sucursales. Media en la adquisición, absorción y fusión de sociedades, facilitando la domiciliación legal y efectuando todos los trámites administrativos necesarios. Ello incluye no solo pensar en el ámbito mercantil, sino en los demás implicados: fiscal, laboral, y contable.

También asesora en la prevención de responsabilidades de socios y administradores velando para no incurrir en delito económico o de la propiedad industrial, persiguiendo asimismo a quien lo haya cometido contra los intereses de sus clientes.

Señalar también la intervención  en los casos de: Joint Ventures, Pactos para-sociales, y en especial en la instrumentación de Protocolos Familiares, así como la preparación y realización de las Due Diligence, cuando es preciso,

Una concreta especialidad en el ámbito del Derecho de Sociedades

Especial atención merece en este ámbito la Asesoría societaria y mercantil de la compañía y de sus órganos de gobierno y administración, en la toma de acuerdos.

Ello comporta:

  • Asesorar en Derecho sobre la legalidad de las convocatorias, acuerdos y decisiones que se adopten por las Juntas Generales o los órganos de administración de la sociedad.
  • Asesorar en Derecho sobre la legalidad de las deliberaciones a las que se asista.
  • Intervenir en la redacción y confección de las Actas y Certificaciones de los acuerdos tomados por los órganos sociales, así como el Acta y Certificado de la Junta General de Socios para la aprobación de las Cuentas Anuales, y las que correspondan a los acuerdos de los órganos sociales relativos a modificaciones estatutarias.
  • Tramitar las Certificaciones ante las Oficinas públicas y Registros pertinentes, así como  la legalización de firmas ante Notario del Certificado de la Juntas en las que sea necesario.
  • La presentación del Certificado de la Junta General con las firmas legitimadas junto con las Cuentas Anuales ante el Registro Mercantil, para su publicación.
  • El seguimiento y control de vencimientos de cargos.
  • La renovación, en su caso, de los cargos de la sociedad, incluida la redacción y confección de la correspondiente Acta y Certificado.
  • La llevanza de los Libros societarios obligatorios: Libro de Actas y Libro Registro de Socios.
  • Cumplimentar los Libros, tanto manual como informáticamente, supervisando  y controlando  la legalidad de los mismos.
  • Presentar los Libros ante el Registro Mercantil para su legalización, cuando así sea necesario.
  • Intervenir en la transformación, fusión, ampliación o reducción de capital, absorción y otras operaciones que revistan especial complejidad.