LOS COLEGIOS OBLIGAN A LA COLEGIACIÓN.
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El Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial formuló una demanda ante la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la que pedía que se condenase al piloto demandado a colegiarse en la citada corporación en el plazo de 10 días bajo la amenaza de retirarle la licencia administrativa de vuelo en caso de que no lo hiciese.
En la demanda el Colegio pedía auxilio judicial para obligar al piloto a efectuar su colegiación. La Sala inadmitió la demanda y el Colegio decidió presentar recurso ante la misma Sala pero del Tribunal Supremo.
El Ponente desestima de nuevo el recurso aún reconociendo la obligación real de todo piloto en ejercicio a colegiarse. Cualquier Colegio, por tener en sus actuaciones los mismos atributos que la Administración pública, tiene capacidad para obligar a la ejecución forzosa en los términos descritos en la Ley. Así pues, queda desestimado el recurso por no ser necesario el auxilio judicial solicitado.


